La nueva legislación de la Seguridad Social introduce un sistema progresivo de dos meses por cada año, hasta su implantación definitiva de los 67 años en 2027 para garantizar el sistema de pensiones.
El 2023 implica un cambio importante en cuanto a la edad de jubilación ordinaria a partir de este mismo mes de enero. Lo cierto es que aumenta tanto los periodos cotizados como la edad mínima exigida a la hora de jubilarse.
Edad legal de jubilación
La edad legal de jubilación ordinaria en 2023 es de 66 años y 4 meses cuando se acrediten menos de 37 años y 9 meses de cotizaciones.
La edad legal de jubilación ordinaria está incrementándose año tras año, durante un periodo transitorio que comenzó en 2013 y terminará en 2027, incrementándose actualmente, desde 2018, dos meses por cada año que transcurre. Hasta 2017 se incrementó un mes por cada año transcurrido.
Por lo tanto, todos aquellos que quieran jubilarse en 2023, deberán ser conscientes de que solo tienen la posibilidad de dejar su actividad laboral a los 65 años aquellos que hayan cotizado al menos durante 37 años y nueve meses.
El objetivo es que, a partir de 2027, si no se ha trabajado 38 años y medio como mínimo, la edad legal quede establecida en 67 años.
Periodo de cotización mínimo exigido
Para poder acceder a la jubilación se requiere haber cotizado al menos 15 años, dos de los cuales deberán estar comprendidos en los 15 años anteriores al hecho causante, el cese del trabajo.
¿Cómo se calcula la pensión de jubilación en 2023?
Cálculo de la base reguladora
Aquellas que se jubilen en 2023, se tienen en cuenta los últimos 25 años de cotización previos a la fecha del hecho causante (normalmente, el día de cese en la actividad laboral), es decir 300 meses de cotización.
La suma de las cotizaciones de esos 300 meses se divide entre 350. Téngase en cuenta que las bases de cotización son 12 anuales, pero la pensión se abona en 14 pagas.
En el supuesto de existir periodos en los que no se ha cotizado y, por lo tanto, con lagunas de cotización, para los trabajadores por cuenta ajena las 48 primeras mensualidades sin cotizaciones se integran en la base reguladora con un importe igual al 100% la base de cotización mínima vigente en esos meses. Los restantes meses con lagunas se integran en la base reguladora con un importe igual el 50% de la base de cotización mínima.
No hay integración de lagunas en el régimen de autónomos: los meses sin cotización se contarán como importe cero.
Para calcular la pensión que recibirá, deberá aplicar a la cuantía obtenida como base reguladora un porcentaje que depende de los años cotizados. Partiendo de una escala que comienza con el 50% de la pensión para los que tan solo hayan cotizado el mínimo (15 años), hasta el 100% para los que haya cotizado 36 años y 6 meses en 2023. A partir de 2027 serán necesarios 37 años cotizados para acceder al 100%.
Complemento a mínimos si corresponde
Una vez calculada la pensión de jubilación, si esta estuviera por debajo de la pensión mínima establecida cada año en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, puede ser complementada con un complemento de mínimos, siempre que se acrediten ciertos requisitos.
Incentivos por demorar la jubilación
Esta cuantía también se puede ver incrementada con un porcentaje adicional por prolongación de la vida laboral, es decir, se contemplan incentivos para quienes decidan demorar su jubilación, al igual que existen coeficientes reductores en el caso de jubilaciones anticipadas y otros supuestos.
Coeficientes reductores en la jubilación anticipada
España permite adelantar la jubilación hasta 24 meses, siempre que cuenten con al menos 35 años cotizados a la Seguridad Social. De esta manera, los trabajadores que lo deseen podrán jubilarse a los 63 años si cuentan con 37 años y nueve meses cotizados a la Seguridad Social o a los 64 años y cuatro meses si no contarán con esa cotización.
Las personas que soliciten una jubilación anticipada sufrirán una penalización sobre la pensión mensual que puede ir desde una reducción del 2,81% y hasta el 21%, siempre que fuera una jubilación anticipada voluntaria.
la jubilación anticipada no se tendrá derecho al 100% de la pensión, salvo excepciones
A continuación, la tabla con los porcentajes de reducción en caso de jubilación anticipada.
Profesiones que pueden jubilarse anticipadamente con el 100% de la pensión
- Trabajadores incluidos en Estatuto Minero
- Personal de vuelo de trabajos aéreos
- Trabajadores ferroviarios
- Artistas
- Profesionales taurinos
- Bomberos al servicio de las administraciones y organismos públicos
- Miembros del Cuerpo de la Ertzaintza
- Policías Locales
