Si tienes propiedades en alquiler o tienes pensamiento de arrendar tus inmuebles esto te interesa.
Cada vez es más habitual que los propietarios de inmuebles contraten estos seguros a la hora de alquilar sus inmuebles, estos seguros proporcionan seguridad y protección al propietario.
¿Qué beneficios tiene contratar estos seguros?
Una de las ventajas es que el seguro ayuda a buscar el mejor perfil para el inquilino, es decir, para la contratación del seguro, estos hacen un estudio económico del arrendatario para así garantizar que el inquilino puede hacer frente a las mensualidades, e intentar evitar los posibles impagos y la indeseada morosidad, que se pudiese llevar a cabo en caso de no tener una solvencia y estabilidad económica.
Requisitos para contratar el seguro
- En caso de asalariados:
Dos últimas nóminas de los inquilinos y contrato laboral, copia del DNI y solicitud de seguro cumplimentada y firmada por los inquilinos/ avalistas y propietario.
- En caso de autónomos:
Última declaración de la renta, dos últimos recibos del pago de autónomos a la Seguridad Social, copia del DNI y solicitud de seguro cumplimentada y firmada por los inquilinos/ avalistas y propietario.
- En caso de pensionistas:
Último justificante de pensión emitido por la Seguridad Social, copia del DNI y solicitud de seguro cumplimentada y firmada por los inquilinos/ avalistas y propietario.
- En caso de trabajadores del hogar:
Certificado actualizado de Vida Laboral o, en su defecto, los dos últimos recibos pagados a la Seguridad Social, contrato laboral y dos últimas nóminas o, en su defecto, certificado emitido por el empleador donde se haga constar el importe del salario neto mensual y solicitud de seguro cumplimentada y firmada por los inquilinos/ avalistas y propietario.
Coberturas
A continuación, ponemos todas las garantías que suelen tener estos seguros, dependiendo del seguro podrían varia las coberturas básicas incluidas y las coberturas opcionales.
- Impago de rentas.
- Defensa y reclamación del contrato de arrendamiento.
- Defensa penal.
- Defensa de otros seguros.
- Defensa como consumidor.
- Reclamación de daños ocasionados al inmueble.
- Reclamación de daños sobre bienes inmueble.
- Reclamación en contratos de servicios de reparación o mantenimiento de las instalaciones.
- Reclamación del propietario por infracciones de normas legales.
- Defensa y reclamación del propietario por servidumbres.
- Defensa y reclamación frente a la comunidad de propietarios.
- Defensa penal como miembro de la junta de la comunidad de propietarios.
- Actos vandálicos al continente.
- Asistencia jurídica telefónica.
- Gastos de cerrajero y cerradura, para lanzamiento judicial por desahucio.
- Perdida de alquiler por incendio.
- Actos vandálicos al contenido.
Por estas cosas es recomendable contratar una póliza de seguro de alquiler, es cierto que como el coste de la póliza tiene que asumirlo el propietario, cause duda si será una buena elección.
Contratar un servicio como este es una inversión en salud y en tranquilidad. No es, por tanto, obligatorio legalmente, pero sin duda, si lo que quieres es tener un contrato de alquiler cómodo, tranquilo y sin imprevistos, es, sin duda, necesario.